Presidente de la República de Colombia: Abelardo de la Espriella
La decisión judicial recae sobre videos publicados los pasados 2 y 4 de septiembre en la cuenta institucional de Instagram (@infopresidencia), los cuales exhibían cuerpos sin vida tras las operaciones ‘Azarías’ en Guaviare y ‘Centinela de la Patria’ en La Guajira. El fallo de tutela, promovido por el congresista Santiago Osorio, amparó los derechos fundamentales a la integridad personal y la protección de los niños, niñas y adolescentes frente a contenidos que generen impacto psicológico.
Para garantizar el efectivo cumplimiento de la medida, el despacho judicial vinculó al trámite a la compañía Meta Platforms Inc., a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), al Ministerio de las TIC y al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
Protección a la infancia y llamados al cumplimiento
El fallo fundamenta la decisión en el artículo 18 del Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006), señalando que la difusión masiva e irrestricta de estas imágenes vulnera los derechos de la niñez.
Tras notificarse la orden judicial, el representante a la Cámara Santiago Osorio exigió la despublicación inmediata del material audiovisual por parte del Ejecutivo.
“El juez lo ha dicho con total claridad: esas imágenes ponen en riesgo la integridad psicológica de niños, niñas y adolescentes en este país. El Estado no puede entrar en una competencia con la criminalidad exhibiendo cadáveres como trofeos”, enfatizó el congresista.
Hasta el momento, la Casa de Nariño no ha emitido un pronunciamiento oficial sobre si acatará la medida o si impugnará la decisión de primera instancia.